Estrés postraumático causado por sismos - Bases teóricas

MARCO ÉTICO-JURÍDICO ANTE LAS SITUACIONES DE DESASTRES... 29 Nacional de Emergencia recibe anualmente del presupuesto general del país, los recursos que constituyen el Fondo con autonomía administrativa, técnica y financiera. En Nicaragua, la Ley 337/2000 creó el Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y la Atención de Desastres, con el propósito de realizar acciones destinadas a la reducción de los riesgos consecuentes de los desastres naturales y humanos. La garantía del financiamiento público de estas actividades es establecida a través del Fondo Nacional de Desastres, al cual se designa de una parte del presupuesto general del país bajo los controles administrativos del Ministerio de Economía y la Contraloría General de la República. Por su parte, Costa Rica estableció la Ley Nacional de Emergencias 7914/99 que regula la actividad extraordinaria que el Estado debe efectuar frente a una situación de urgencia. Se creó la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, responsable de la organización del Sistema Nacional de Prevención de Situaciones de Riesgo y de Emergencia. Según esta ley, la declaración de estado de emergencia permite un tratamiento de excepción delante de la rigidez presupuestaria, y el gobierno obtiene recursos económicos y materiales para socorrer a personas y bienes en peligro, tiene recursos existentes en el Fondo Nacional de Emergencias. La Ley 1557/2001 de Venezuela tiene como objetivo regular la organización, competencia, integración, coordinación y funcionamiento de la Organización de Protección Civil y Administración de Desastres; asimismo, supervisa la creación del Fondo para la Prevención y Administración de Desastres, relacionado al Ministerio del Interior y Justicia, con el objetivo de administrar los recursos presupuestarios de carácter extraordinario y provenientes de los aportes y contribuciones realizadas a cualquier título por las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras para estos eventos naturales. Guatemala implantó la Ley 109/96, que contempla la creación de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres Naturales o

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